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Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo

Por Decreto Ejecutivo No. 255 del 2 de mayo del 2024, se emitió el Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo, que pasa a ser de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores y trabajadores, servidores públicos y privados, trabajadores remunerados del hogar, autónomos y sin relación de dependencia. 

Entre los deberes de los empleadores se encuentran:

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Entidades Públicas no pueden multar a Contratistas al liquidar el contrato o después de su terminación: Nuevo Precedente Jurisprudencial.

La Corte Nacional de Justicia del Ecuador ha emitido un reciente precedente jurisprudencial de carácter obligatorio con impacto en el Sistema Nacional de Contratación Pública. Esta Resolución establece que las multas que las entidades públicas contratantes pueden imponer a los contratistas, derivadas del retraso u otros incumplimientos en la ejecución de un Contrato, deben ser impuestas de manera oportuna y respetando su finalidad.

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NUEVO TRÁMITE PARA VISTO BUENO LABORAL

Mediante Acuerdo Ministerial N.º MDT-2024-041 emitido el 21 de marzo del presente año, el Ministerio del Trabajo expidió el Reglamento que regula el trámite administrativo de visto bueno, aplicable a todo trabajador y empleador del sector privado y público que este sujeto al Código del Trabajo.

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