
Reformas por la publicación de la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos.
El Presidente de la República promulgó, mediante el Decreto Ejecutivo No. 477, la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos. Fue publicada en el Registro Oficial el 10 de diciembre de 2024.
Principales Disposiciones
Nuevas Regulaciones e impuestos para la compra de vehículos: Se establece un tributo para la transferencia de vehículos motorizados usados, reemplazando el impuesto de FONDVIAL.
- Hecho generador: La transferencia de propiedad de vehículos usados mediante compraventa.
- Sujeto obligado: Personas que adquieran vehículos usados, incluyendo la responsabilidad solidaria de adquirentes sucesivos.
- Base imponible: El precio de venta del vehículo, con un valor mínimo equivalente al avalúo establecido por el SRI.
- Tarifas: Se aplicará una tabla progresiva con un límite máximo del 5% de la base imponible.
- Forma de pago: El impuesto debe ser cancelado dentro de los 30 días posteriores al reconocimiento de firmas, siendo un requisito para la matriculación vehicular.
Fortalecimiento de la UAFE: Se amplían sus facultades y recursos, obligando a empresas tecnológicas y ciertos tipos de aseguradoras a reportar actividades sospechosas, bajo penalidades en caso de incumplimiento. Estos nuevos sujetos obligados son:
- Aquellas empresas de seguros que suscriben o colocan seguros de vida o seguros relacionados de ahorro, con o sin componente de desgravamen; y,
- Aquellas empresas de seguros que realicen operaciones en los ramos previstos en el ordenamiento jurídico y para los que se encuentren debidamente autorizados.
Además, las reformas incluyen:
Imposición de multas: La UAFE podrá establecer y cobrar multas por el incumplimiento de las obligaciones de los sujetos obligados, con jurisdicción coactiva exclusiva para este propósito.
Congelamiento de fondos sospechosos: La UAFE puede solicitar a la autoridad judicial competente que se congelen fondos en caso de detectar operaciones sospechosas, proporcionando información a las autoridades pertinentes (Fiscalía, Procuraduría, etc.) para prevenir delitos relacionados con lavado de activos, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas.
Creación de Unidades Complementarias: Las máximas autoridades de instituciones públicas en temas de lavado de activos deberán establecer Unidades Complementarias, designando servidores específicos para apoyar el análisis operativo institucional bajo las directrices de la UAFE.
Reformas a normativas existentes:
- Ley de Compañías: Se crea la figura de “Sociedad Anónima Deportiva” para combatir el lavado de activos en el ámbito deportivo. Se limita la responsabilidad de los accionistas a menos que una resolución judicial anule la personalidad jurídica.
El Decreto-Ley entró en vigor tras su publicación en el Registro Oficial el 10 de diciembre de 2024.
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