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Plazo para el registro de los Planes de Igualdad vence este 31 de julio

El Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013 es de aplicación obligatoria para empleadores del Sector Privado con cincuenta o más trabajadores. En este se emiten directrices para el registro de los Planes de Igualdad a través de la plataforma digital del Ministerio del Trabajo, hasta el 31 de julio de 2024.

Los empleadores, previo diagnóstico de la situación laboral, deberán elaborar el Plan de Igualdad acorde con lo que establece la “Guía Práctica para Diagnósticos y Elaboración de Planes de Igualdad”. Una vez se registre el Plan tendrá una vigencia de 4 años, a partir del registro y se deberá socializar entre todos los trabajadores.

Además, el Plan podrá actualizarse cuando el empleador lo considere necesario, a excepción de los previstos como obligatorios dentro del Acuerdo.

Las Direcciones Regionales de Trabajo y Servicio Público a nivel desconcentrado, asegurarán el cumplimiento del registro; a su vez, el Director Regional de Trabajo, interpondrá una multa de $200 dólares, por incumplimiento.

 

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