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Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo

Por Decreto Ejecutivo No. 255 del 2 de mayo del 2024, se emitió el Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo, que pasa a ser de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores y trabajadores, servidores públicos y privados, trabajadores remunerados del hogar, autónomos y sin relación de dependencia.

Entre los deberes de los empleadores se encuentran:

  • Designar responsables de seguridad y salud en el trabajo, conforme el número de trabajadores y el nivel de riesgo laboral, de acuerdo a la tabla detallada en el decreto ejecutivo.
  • Identificar peligros, evaluar y controlar riesgos, los que son clasificados en:
    • Riesgos físicos
    • Riesgos químicos
    • Riesgos biológicos
    • Riesgos de seguridad
    • Riesgos ergonómicos y
    • Riesgos psicosociales

Para mitigar los riesgos previamente indicados se deben aplicar mediadas de:

  • Eliminación
  • Sustitución
  • Control de ingeniería
  • Control administrativo, y
  • Control sobre el trabajador
  • Capacitar e informar a los trabajadores sobre las mediadas de prevención y protección
  • Monitoreo y análisis de las condiciones de trabajo y salud, para lo cual se designará un trabajador que acredite competencias, conocimiento y experiencia en el tema.
  • Investigar los accidentes de trabajo y presunción de enfermedades profesionales
  • Garantizar rehabilitaciones, recuperaciones y reinserciones laborales a trabajadores que sufrieron accidente o enfermedad profesional.
  • En cada centro de trabajo que cuente con 50 o más trabajadores se deberá conformar un Comité de Seguridad y Salud.

 

Si usted o su empresa requieren asesoría sobre la implementación de esta normativa, contáctenos a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , nuestros profesionales especialistas están listos para atenderlo.