
Nuevo régimen para cancelación expedita de Compañías en el Ecuador.
Tras la emisión de la Ley Reformatoria a la Ley de Compañías, publicada en el Registro Oficial Nº 269 el miércoles 15 de marzo de 2023, se creó un régimen de cancelación expedita de compañías, con los siguientes elementos principales:
El representante legal de la compañía podrá solicitar al Superintendente que, mediante resolución, declare disuelta la compañía. La solicitud deberá sustentarse por voluntad de todos los socios o accionistas, en junta general.
Junto a la solicitud se deberá acompañar:
- Acta de Junta General en la que la totalidad del capital social manifieste, inequívocamente, su voluntad de disolver y liquidar la compañía, y solicitar a la Superintendencia la cancelación.
- La junta deberá ratificar que la sociedad no tiene obligaciones pendientes con terceras personas y que conocen, por expreso mandato de la Ley de Compañías, que serán solidaria e ilimitadamente responsables por las obligaciones de la compañía que hubieren omitido reconocer.
- En caso de existir pasivos sobrevenidos a la cancelación registral de la compañía, se aplicarán las disposiciones del trámite abreviado de disolución voluntaria, liquidación y cancelación, previstas en esta Ley;
- Balance final de operaciones con el pasivo completamente saneado, debidamente aprobado de manera unánime, por la junta general y suscrito por el representante legal y el contador de la compañía; y,
- Cuadro de distribución del haber social.
La Superintendencia no podrá exigir la presentación de libros sociales o asientos contables, será suficiente la declaración expresa de los socios en junta general.
Tampoco podrá exigir, como requisito para emitir una resolución de cancelación expedita, la presentación de certificados de cumplimiento de obligaciones para con otras entidades o dependencias públicas o privadas.
En caso de que existan obligaciones pendientes, se aplicarán las disposiciones previstas en la Ley de Compañías.
Con este nuevo marco regulatorio, las compañías podrán acogerse a un proceso para su cancelación expedita de forma más sencilla, siempre que se cumplan los requisitos determinados.
Si usted desea acogerse a este nuevo régimen de cancelación de compañías, o tiene dudas sobre su aplicación, contáctenos a