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Nueva Normativa Secundaria de Actividades FINTECH en Ecuador

En días pasados fue publicada y se encuentra en plena vigencia, la Normativa secundaria para regular lo dispuesto en la Ley Fintech, emitida en meses anteriores. La finalidad de la norma es fomentar el uso de nuevas tecnologías, para mejor la inclusión financiera y brindar protección a los usuarios y consumidores de servicios. La Junta de Política y Regulación Monetaria del Ecuador, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley mencionada, emitió la Resolución Nro. JPRM-2023-014-M, que contiene regulaciones para la aplicación de la ley. 

A continuación, una síntesis de esta normativa:

  1. Medios de pago físicos, electrónicos y billeteras electrónicas. Se regulan los procedimientos, ámbito de aplicación, validez y montos específicos de estos medios para transacciones en el Ecuador.
  2. Sistema Nacional de Pagos. Marca la diferencia entre el Sistema central de pagos y los Sistemas auxiliares de pagos, que podrán ser asumidos por distintas entidades financieras.
  3. Se establece al Banco Central del Ecuador como ente regulador de los procedimientos y autorizaciones para los sistemas y entidades que desarrollen actividades Fintech conforme a esta normativa.
  4. Se crean las Sociedades especializadas de depósitos y pagos electrónicos. Estas sociedades podrán prestar servicios como:
  5. Recibir recursos monetarios en las cuentas electrónicas de pago;
  6. Efectuar pagos, transferencias y retiros de dinero;
  7. Enviar y recibir giros financieros;
  8. Recibir remesas del exterior; y,
  9. Canalizar el pago de servicios públicos y en general pagos al sector público.

 

La normativa regula los procedimientos a seguir para la constitución de estas sociedades y su operación en un entorno regulado.

  1. Por último, la normativa establece regulaciones clave sobre los Entornos de pruebas regulatorias (SANDBOXES). Que refiere a todas las empresas que realizan actividades Fintech o servicios auxiliares de pago, que busquen implementar nuevos modelos de negocio, relacionados con medios, sistemas, estructuras y servicios de pagos basados en la tecnología.
  2. La normativa busca que quienes estén interesados en desarrollar este servicio, puedan obtener una autorización de operación temporal para el desarrollo de productos, servicios y modelos de negocio. Se establece, así, el régimen, plazos y demás normativa pertinente para su ejecución.

 

En caso de que usted o su empresa deseen incursionar en el mercado de actividades financieras mediante herramientas tecnológicas y/o constituirse como una empresa para brindar servicios FINTECH o servicios auxiliares de pagos, comuníquese con nosotros a info@lopezribadeneira.com . Nuestros profesionales especialistas están listos para ayudarle.