
Condiciones generales para convertirse en AUTOGENERADOR privado de Energía en Ecuador
Con las últimas reformas en Ecuador, el Estado puede delegar/autorizar a empresas para que realicen actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica. Para esto, el Estado emite un título habilitante a favor de una empresa o consorcio.
Las actividades que el Estado puede ahora delegar a las empresas son: Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.
Una de las actividades que mayor interés ha causado a empresas y asociaciones privadas, por su conveniencia para obtener mejores precios de energía y la posibilidad de comercializar lo que se produzca en excedente, es constituirse como AUTOGENERADOR de energía eléctrica.
AUTOGENERADOR. Por iniciativa privada, el Estado puede autorizar a empresas que produzcan energía eléctrica, la ejecución de proyectos de autogeneración de energía eléctrica destinados a abastecer sus puntos de consumo propio.
La Agencia Estatal establecerá las condiciones preferentes para la electricidad producida con Energías Renovables no Convencionales, especialmente en lo relativo al precio y plazo de venta de la energía a la demanda regulada.
Nuestra ASESORÍA: Con el objetivo de poder aprovechar las condiciones actuales para la obtención de un Título Habilitante,
nuestra asesoría comprende la estructuración, preparación y presentación de todos los documentos, en la parte pre- contractual, contractual y de construcción, para la ejecución y operación del proyecto.
Certificado de Calificación: Le ayudamos a obtener este certificado inicial, que le garantizará el derecho exclusivo respecto del proyecto de generación.
Título Habilitante y Contrato de Concesión: Una vez presentados y cumplidos todos los requisitos y estudios de factibilidad, se procede a la suscripción del correspondiente título habilitante y contrato de concesión.
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